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Leo Messi celebra un gol. Efe
Messi también golea en el Tribunal de la UE
Fútbol

Messi también golea en el Tribunal de la UE

Los magistrados le permiten registrar su marca de ropa pese a las quejas de la marca MASSI

Adolfo Lorente

Corresponsal Bruselas

Jueves, 26 de abril 2018, 11:26

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Gooooooool de Messi. El Tribunal General la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, sentenció ayer que el jugador argentino del Barcelona puede comercializar su propia marca de vestir, calzado y artículos de gimnasia y deporte, como así lo solicitó en agosto de 2011 ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).

Como recuerda el máximo órgano judicial comunitario en un comunicado, la polémica surgió en noviembre de aquel año, cuando el Jaime Masferrer Coma formuló oposición al registro de la marca MESSI, invocando la existencia de riesgo de confusión con la marca ya registrada 'MASSI', que comercializa,

entre otros productos, prendas de vestir, calzado, cascos para ciclistas, trajes de protección y guantes (los derechos sobre estas marcas fueron transferidos en mayo de 2012 a la sociedad J.M.E.V. e hijos).

En 2013, la EUIPO estimó la oposición, pero Messi recurrió el dictamen. En abril de 2014, la EUIPO desestimó elste recurso al considerar, esencialmente, que existía riesgo de confusión entre las marcas. «Concluyó que las marcas en cuestión son similares porque sus elementos dominantes, constituidos por los términos MASSI y MESSI, son prácticamente idénticos en los planos gráfico y fonético, de modo que una eventual diferencia conceptual solo sería percibida, en su caso, por una parte del público pertinente», asegura el Tribunal. El argentino no se dio por vencido y recurrió al Tribunal General de la UE, el mismo que hoy le ha dado la razón.

En su fallo, el TJUE admite que los signos que componen las marcas en conflicto presentan una similitud media en el plano gráfico y confirma la conclusión de la EUIPO de que los signos en conflicto son muy similares a nivel fonético. En cambio, «considera que la EUIPO incurrió en error al comparar los signos en el plano conceptual». El Tribunal General estima que «es erróneo considerar que Lionel Messi únicamente goza de renombre entre el público interesado en el fútbol y en el deporte en general» y que la EUIPO debería haber examinado «si una parte significativa del público pertinente no podría establecer una asociación conceptual entre el término MESSI y el apellido del célebre jugador de fútbol».

Por otra parte, el Tribunal General indica que ha de tenerse en cuenta que los productos designados por las marcas en conflicto entre los que podría existir riesgo de confusión son, concretamente, artículos y prendas de vestir deportivos. Por ello, apostilla, «parece poco probable que el consumidor medio de estos productos no asocie directamente, en la gran mayoría de los casos, el término Messi al apellido del célebre jugador de fútbol».

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