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Aerogenerador de un parque eólico.
La Junta insta a ejecutar la sentencia que anula la autorización ambiental del parque eólico de Valdesamario

La Junta insta a ejecutar la sentencia que anula la autorización ambiental del parque eólico de Valdesamario

Según el TSJ, el procedimiento no tuvo en cuenta la presencia de urogallo cantábrico en la zona

ICAL

Miércoles, 27 de septiembre 2017, 12:21

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La Consejería de Economía y Hacienda dictó una orden de ejecución de la sentencia de febrero de 2014 del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anula la autorización administrativa del parque eólico Valdesamario, en los términos municipales de Riello, Valdesamario y Villagatón, en la provincia de León. El procedimiento administrativo se retrotraerá ahora al momento de presentación del estudio de impacto ambiental completo ante el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de León, según consta en la edición de hoy del Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Según consta en la sentencia, la Declaración de Impacto Ambiental que sirvió de base al parque eólico autorizado no es conforme a derecho ante la insuficiente evaluación medioambiental del parque eólico en relación con la presencia de urogallo cantábrico”. Además, el auto considera que tampoco se tienen en cuenta “los efectos sinérgicos y acumulativos del parque eólico respecto a las infraestructuras presentes en la zona”.

En ese sentido, la orden dictada por el departamento dirigido por Pilar del Olmo especifica que la sentencia de 2014, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ tras la demanda presentada por la Sociedad Española de Ornitología (SEO-Birdlife), deberá llevarse “a puro y debido efecto”. Al respecto, el texto establece que “se adoptarán las resoluciones que procedan y se practicará cuanto exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo”.

El parque eólico recibió la autorización administrativa en abril de 2008. Tras la demanda presentada por la organización ecologista, en 2014 el TSJ estimó parcialmente sus argumentos y retiró la autorización previamente concedida. Pese a que la empresa promotora y la propia Junta presentaron un recurso de casación contra la decisión, el TSJ confirmó el auto, que ya tiene carácter de firme.

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