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Los institutos podrán ampliar hasta en cuatro horas semanales el horario de Bachillerato

Los institutos podrán ampliar hasta en cuatro horas semanales el horario de Bachillerato

La Junta permitirá fijar requisitos académicos de acceso a programas de especialización en Bachillerato y modificar en la ESO el reparto de horas entre materias

ical

Sábado, 29 de octubre 2016, 13:29

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Los institutos de Educación Secundaria podrán ampliar con sus proyectos de autonomía hasta en cuatro horas semanales el horario de Bachillerato para reforzar el aprendizaje de conocimientos vinculados a la modalidad elegida por el alumno, así como para enriquecer la comunicación lingüística en lenguas extranjeras. También podrán fijar requisitos académicos para el acceso de estudiantes en los programas que persigan la especialización curricular.

La Consejería de Educación está trabajando en la regulación de los proyectos de autonomía, que recoge la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), en Secundaria y Bachillerato. La orden, a la que tuvo acceso Ical, incluye también lo establecido para Primaria, si bien el departamento de Fernando Rey autorizó este curso a 244 centros a poner en marcha sus programas de actuación, tanto en materia pedagógica y curricular, como de organización.

En ese sentido, la regulación propuesta ha cosechado críticas entre los sindicatos de la enseñanza por la ampliación del horario lectivo en Bachillerato de 30 horas semanales, así como por dejar en manos de los directos el proyecto, en lugar del claustro de profesores, y por no prever de forma real un refuerzo de los recursos. No obstante, censuran que al igual que el Bachillerato de Excelencia se creen centros de primera y segunda, en lugar de favorecer la equidad, y se impulse el bilingüismo en los cursos previos a la universidad.

La Consejería entiende que con esta iniciativa los centros podrán mejorar el rendimiento educativo del alumnado, la adquisición de las competencias y la reducción del absentismo escolar, al adecuar las actuaciones a su contexto socioeducativo y a las características de su alumnado. Educación, no obstante, exige que los proyectos de autonomía, que esta orden extiende a la ESO y Bachillerato, tengan en cuenta la accesibilidad universal.

Cambios en el horario

En la ESO, la Consejería plantea que los centros pueda configurar el horario lectivo de las diferentes materias, respetando un modelo común fijado por la administración educativa, así como el currículo aprobado. También tendrán la posibilidad de ofertar materias de libre configuración autonómica diferentes a las que se han establecido. Además, tendrán la capacidad de diseñar e implantar métodos pedagógicos y estrategias didácticas propias.

Sin embargo en Bachillero, los proyectos de autonomía permiten ofertar materias de libre configuración autonómica, cuya incorporación suponga ampliar el horario en dos horas semanales y en el caso de programas orientados a la especialización curricular, también podrán incrementar las horas de la materia troncal general y de las de opción del bloque de asignaturas troncales, hasta 33 horas semanales; incorporar materias de libre configuración autonómica ligadas a a la modalidad, hasta un máximo de 32 horas.

En el itinerario de Artes se podrá ampliar el horario hasta los 34 o 32 y 31 horas, en función de las materias que oferten del bloque de asignaturas específicas. También, para el aprendizaje de lenguas extranjeras los centros podrán aumentar la asignación horaria de la primera y segunda lengua, hasta 31 o 34 horas semanales, así como impartir materias no lingüísticas en otro idioma, con excepción de matemáticas e historia de España, e incorporar materias de libre configuración autonómicas para el aprendizaje de una tercera lengua extranjera, sin rebasar las 32 horas.

En materia de organización podrán modificar las normas de funcionamiento y el reglamento de régimen interior; reorganizar espacios y recursos -biblioteca, zonas deportivas, aulas y equipamientos TIC-; organizar desdobles o grupos flexibles, de apoyo o profundización; crear nuevas figuras organizativas; fomentar las relaciones con otros centros, así como diseñar nuevos cauces de participación de la comunidad educativa. Además en Primaria se podrá anticipar el inicio del curso a partir del 7 de septiembre y prolongarlo hasta el 24 de junio.

Tres años

El proyecto de autonomía será elaborado por el equipo directivo, teniendo en cuenta la propuesta del claustro de profesores, quien la remitirá al consejo escolar, para su evaluación y al director del centro para su aprobación. Se presentará por el director antes de la finalización del primer trimestre del curso anterior al de su implantación. La Inspección educativa informará de las solicitudes de autorización en función del carácter innovador y la viabilidad del proyecto, el grado de coherencia entre las propuestas, la apuesta por la diversidad y el compromiso de los profesores.

En el caso de los centros públicos, los proyectos de autonomía se ajustarán al periodo del mandato de los directores. Esta iniciativa no implicará la modificacion de la plantilla jurídica, si bien para el primer año podrá conllevar la asignación de recursos económicos y humanos.

Recomendación de la OCDE

La Consejería de Educación sostiene que el principio de autonomía de los centros docentes es actualmente una cuestión clave en la mayoría de los países de la Unión Europea que han puesto en marcha diferentes políticas con el propósito de dotar de mayor capacidad de decisión a los centros docentes no universitarios. Además, considera que el fomento de la autonomía es una recomendación reiterada de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para mejorar los resultados de los centros.

Fueron 267 centros de Educación Primaria sostenidos con fondos públicos, 169 públicos y 98 privados-concertados, los que presentaron un proyecto de autonomía para desarrollarlo este curso. Más del 90 por ciento, un total de 244, lograron la autorización administrativa por cumplir todos los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.

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