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La Junta Arbitral de Consumo resolvió por laudo o mediación el 78% de los conflictos en los que intervino en 2015 en Castilla y León

En total se recibieron 1.750 solicitudes de intermediación relacionadas, en la mayoría de ocasiones, por casos que tienen que ver con la electricidad y telefonía

ical

Martes, 23 de agosto 2016, 14:02

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La Junta Arbitral de Consumo de Castilla y León resolvió el 78 por ciento de los 1.436 conflictos entre consumidores y empresas en los que intervino el pasado año, 1.118, de los que 850 se solventaron a través de un laudo y 268 por mediación. Los sectores de actividad que más solicitudes de arbitraje solicitaron fueron los de telefonía y electricidad, respectivamente, que aglutinaron en su conjunto el 78 por ciento de las peticiones cursadas.

De este modo, según señala en un comunicado el Ejecutivo autonómico, la Junta Arbitral de Consumo de Castilla y León registró en 2015 un total de 1.750 solicitudes de intermediación , de las que 1.557 se generaron en el transcurso del año y el resto, 193, se encontraban en trámite al iniciarse el ejercicio. De las peticiones totales, 46 fueron admitidas donde las causas más frecuentes de rechazo han sido la apreciación de indicios racionales de lesiones o delito y la condición del reclamante de empresario o profesional.

A la cifra global de instancias admitidas (1.704), hubo que restar 161 porque fueron derivadas a otro órgano de decisión con competencias para dictar resolución, principalmente, a los servicios territoriales de Industria en el caso de las reclamaciones contra empresas distribuidoras de energía y a otras juntas arbitrales de distinto ámbito territorial. Además, se contabilizaron 107 casos en los que el consumidor que interpuso la queja desistió de seguir adelante con el proceso.

Por lo tanto, las solicitudes de arbitraje que llegaron a gestionarse por este órgano autonómico en el último año ascienden a 1.436, de las que 318 fueron archivadas bien porque alguno de los litigantes no ha aceptado este sistema, bien porque ambos han llegado a un acuerdo por iniciativa propia y 1.118 requirieron un acto de mediación o un pronunciamiento mediante un laudo.

En concreto, a través de la mediación se resolvieron 268 conflictos, mientras para poner fin a 850 fue necesaria la constitución de un colegio arbitral. En el 79,8 por ciento de los casos, el laudo fue estimatorio total o parcialmente para el reclamante, en el 20 por ciento se le denegaron sus pretensiones y en el 0,2 por ciento la solución adoptada fue conciliatoria para ambos pleiteantes.

El colegio arbitral es el tribunal que dicta los laudos y está compuesto por tres árbitros: uno en representación de los consumidores, otro por el sector empresarial implicado y un tercero, en calidad de presidente, designado por el presidente de la Junta Arbitral.

Además, la Junta destacó la agilidad de este servicio para dirimir controversias. En concreto, el 66,2 por ciento de los laudos -563 en cifras absolutas- se dictó en un tiempo inferior a los tres meses desde que fuera designado el colegio arbitral; el 27,7 por ciento (236), antes de cuatro meses; 43 casos precisaron más de 160 días y ocho se resolvieron entre los 30 y los 60 días. Otra característica reseñable es su reducida conflictividad, ya que de los 850 laudos dictados sólo 30 se incumplieron y ninguno fue impugnado.

Un dato curioso recogido en la memoria de actividades de la Junta Arbitral de Consumo de Castilla y León correspondiente a 2015 lo constituye el importe económico que reclamaron los consumidores cuando acudieron a este órgano, que de media alcanzó los 124,45 euros. Además, una vez zanjados los desacuerdos entre las partes, ya sea por mediación o por laudo, la cuantía devuelta a los usuarios por cantidades previamente abonadas o por anulación de deudas ascendió a 59.563 euros en el último año, frente a los 85.390 euros contabilizados en 2014.

El arbitraje de consumo es una fórmula de mediación y solución de conflictos cada vez más aceptada y apreciada no solo por el consumidor, sino también por los profesionales del sector servicios. En el último año, el censo de empresas adheridas se incrementó con 20 nuevas altas y ya asciende a 3.040, a lo que hay que sumar a 36 asociaciones empresariales y a 12 de consumidores y usuarios.

No obstante, la adhesión de una empresa al sistema arbitral no es una condición indispensable para poder hacer uso de él. Así, cuando un consumidor presenta una solicitud ante la junta arbitral para dirimir un conflicto con un establecimiento no adscrito, el secretario de este órgano se lo notifica al demandado para la formalización de un convenio y el inicio posterior del procedimiento.

Telefonía y electricidad

De las 1.557 nuevas solicitudes de arbitraje recibidas en el último año, 716 fueron presentadas por consumidores y usuarios a título individual, 701 fueron canalizadas por organismos públicos -tanto por otras juntas arbitrales como por otras administraciones- y solo 140 a través de asociaciones de consumidores y usuarios.

Los sectores de actividad que más reclamaciones suscitaron entre los clientes fueron telefonía móvil y fija, con 1.219 quejas, y los servicios de contratación y suministro de electricidad, con 152. A más distancia se situaron otros servicios (110) por ejemplo, tintorerías, reparación de automóvil (31), mobiliario (23) y gas (21).

Evolución

La Junta Arbitral intervino en 2013 un total de 1.853 solicitudes, frente a las 1.436 de 2015, si bien resolvió 1.289, frente a las 1.118 de este 2015.

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