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Cinco provincias arrancan mañana la temporada truchera y Castilla y León

Cinco provincias arrancan mañana la temporada truchera y Castilla y León

Los pescadores que tengan su licencia en vigor pueden pescar sin muerte en más de 10.000 kilómetros de aguas de acceso libre de Castilla y León

el norte

Sábado, 2 de abril 2016, 11:32

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Las provincias de León, Palencia, Burgos, Zamora y Soria arrancarán mañana la temporada truchera, con lo que se suman a las Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, que iniciaron el 20 de marzo. Con esta apertura, la Comunidad desarrollará la campaña de truchas a pleno rendimiento con 132 cotos, 25 escenarios deportivos-sociales y 182 aguas en régimen controlado. El período hábil finalizará para las nueve provincias el 31 de julio. Los pescadores que tengan su licencia en vigor pueden pescar, en la modalidad sin muerte, en los más de 10.000 kilómetros de longitud de aguas de acceso libre de Castilla y León. Para la pesca con muerte, autorizada en los cotos y en tramos denominados aguas en régimen especial controlado, se permite la extracción de truchas con un permiso o con un pase de control.

La normativa determina las especies que podrán ser objeto de pesca así como la gestión que debe llevarse a cabo en el caso de especies no pescables y de especies exóticas invasoras. Además, se establecen los periodos y días hábiles, tallas, cupos de capturas, cebos y señuelos, procedimientos y artes de pesca para cada una de las especies, así como sus excepciones. Todo ello, dentro de los principios de planificación del aprovechamiento de los recursos piscícolas en términos de sostenibilidad del mismo en cada uno de los tramos.

Por provincias, Burgos cuenta con 31 cotos, mientras que León con 30 y Ávila con 20. Le sigue, con 14, Palencia, y con una docena, Segovia. En Soria hay ocho cotos, en Zamora siete, seis en Salamanca y cuatro en Valladolid.

Por lo que respecta a los 25 escenarios deportivos-sociales, cinco se encuentran en la provincia de Ávila, cuatro en León y Zamora; tres en Burgos y Soria; dos en Salamanca y Valladolid; y uno en Palencia y Segovia. Por último, una gran parte de las aguas en régimen controlado, 66, están en León. Otras 38 en Palencia, 26 en Burgos, 16 en Soria, 15 en Zamora, 13 en Ávila, cinco en Segovia y tres en Salamanca. Valladolid no cuenta con ninguno de estos espacios en sus ríos.

En conjunto, Castilla y León contará, entre las masas que están reguladas, con 70,8 kilómetros de ríos para la pesca de trucha de forma intensiva, mientras que otros 49 tendrán régimen tradicional con muerte y casi 220 con muerte. Se reservan otros 365 kilómetros para mixto -muerte y sin muerte-.

Únicamente se contabilizan 16,8 kilómetros de tramos libres sin muerte y 80,7 de escenarios deportivos. Por último, existen 605,7 kilómetros de aguas en régimen especial controlado y casi 3.000 kilómetros vedados.

Requisitos

En el caso de los cotos, además de contar con una licencia de pesca, el solicitante deberá obtener un permiso de pesca sujeto a unas tarifas variables, según la ocupación del coto y su modalidad de pesca. Estas tarifas bonifican los permisos para los días laborables y aquellos correspondientes a jornadas de pesca sin muerte, así como los permisos solicitados por aquellos pescadores mayores de 65 o menores de 16 años.

Para los escenarios deportivos-sociales y las aguas en régimen controlado el pescador deberá disponer de un pase de control gratuito, documento que garantiza no sobrepasar el aforo diario de estos tramos. La licencia de pesca, gratuita para los menores de catorce años y para los mayores de 65 años que reúnan una serie de requisitos de renta, puede obtenerse en los Servicios Territoriales de Medio Ambiente tras el abono de una tasa. También es posible su obtención, sin desplazamiento, a cualquier hora del día, a través de la página web de la Junta, ya que el sistema admite el pago mediante tarjeta bancaria. Los permisos y pases de control pueden obtenerse a través de la web de la Junta o bien mediante una llamada al Servicio 012.

En consonancia con la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León, en las aguas trucheras con carácter general se practicará la pesca sin muerte, por considerar que en estas masas de agua la trucha, especie de interés preferente, está presente de forma significativa. Esto significa que en las aguas de acceso libre la pesca de la trucha se practicará en la modalidad de sin muerte, es decir sólo se podrá utilizar la mosca artificial, en cualquiera de sus variedades o montajes, o la cucharilla de un solo anzuelo; en ambos casos con arponcillo ausente o inutilizado, y cualquier ejemplar de trucha que se capture debe ser devuelto a las aguas de forma inmediata, procurando ocasionarle el mínimo daño en su manejo.

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La pesca con muerte está autorizada en los cotos, bajo un régimen de permisos de pesca, y en los tramos denominados aguas en régimen especial. Las aguas en régimen especial controlado se distribuyen por la práctica totalidad de las aguas trucheras de la Comunidad y su función es facilitar el acceso a la pesca a aquellos pescadores tradicionales en los lugares donde la extracción de ejemplares es sostenible.

Respecto a los cebos, se prohíbe el empleo de pez vivo o muerto, cualquier clase de huevas o cualquier fase de desarrollo de animales que no pertenezcan a la fauna local. En las aguas no trucheras no existen limitaciones adicionales, mientras que en las aguas trucheras se realizará pesca sin muerte, salvo en los cotos y aguas en régimen especial controlado, que se regirán por la regulación específica contenido en cada anexo provincial.

Finalmente, en materia de pesca de especies exóticas invasoras, y en consonancia con la legislación básica estatal, se mantiene el régimen de temporadas pasadas, es decir, en el caso de peces catalogados como exóticos invasores -lucio, lucioperca, perca-sol, pez gato, alburno, siluro, salvelino y black-bass entre otros- no se permite la pesca sin muerte, es decir, deberá sacrificarse cualquier ejemplar capturado. En el caso de los cangrejos rojo de las marismas y señal se podrán pescar, sin límite en cuanto a cupo o talla, desde el domingo, 5 de junio, hasta el 31 de diciembre, ambos inclusive.

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