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Izquierda Unida de San Andrés del Rabanedo exige que «los 60.000 euros de multa los pague la empresa Mémora y no Serfunle»

Izquierda Unida de San Andrés del Rabanedo exige que «los 60.000 euros de multa los pague la empresa Mémora y no Serfunle»

La empresa Mémora lleva 14 años cobrando 600.000 euros anuales como canon de gestión alegando que es para la realización de la gestión del servicio, por lo que «ella es por lo tanto la responsable de las facturaciones que han supuesto precios discriminatorios entre lo que se cobraba de menos a las empresas aseguradoras»

LEONOTICIAS

Viernes, 22 de septiembre 2017, 10:42

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El Tribunal de Defensa de la Competencia de Castilla y León de la Consejería de Economía y Hacienda de CyL ha condenado a pagar una multa de 60.107,70 euros a Serfunle por precios discriminatorios y no equitativos que se imponían en función de si quien utilizaba los servicios era un particular o una empresa aseguradora.

«No es de recibo que, además de lo caro que son los servicios funerarios en Serfunle, a pesar de que tenga millones de superávit, incremente este agravio con una facturación distinta en función de si el cliente es una entidad aseguradora o un particular», según establece la sentencia.

«En vez de destinar el dinero de esta entidad, conformada por los municipios para prestar un servicio público, a rebajar los costos de algo que es un servicio básico y necesario, puesto que todo el mundo lo utilizará tarde o temprano, se dedican ingentes cantidades de dinero a pagar un polémico y denunciado “canon de gestión” a una empresa privada que, encima, hace una nefasta gestión que es condenada incluso por los tribunales de la competencia», aseguran desde IU.

Por eso Izquierda Unida pide que «se recupere la gestión pública de este servicio y se expulse a estas compañías privadas que únicamente buscan el beneficio de sus accionistas y no el bien común de la ciudadanía de los municipios que han conformado esta mancomunidad».

Y, por supuesto, Izquierda Unida exige que «se cumpla la sentencia en toda su extensión, sin demora, poniendo en la web de Serfunle la resolución condenatoria durante al menos un periodo de tres meses».

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